Disposición adicional quinta. Delegación de competencias
Disposición adicional quinta del Real Decreto 30/2011, de 14 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento. · BOE-A-2011-972
Atención: Real Decreto 30/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las delegaciones de competencias, otorgadas por los distintos órganos del Departamento y no revocadas hasta la fecha de entrada en vigor de este real decreto, continuarán siendo válidas y podrán hacer uso de ellas los órganos competentes por razón de la materia que vengan a sustituir a los delegados, hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas a los diferentes órganos resultantes de la aplicación de este real decreto.