Disposición adicional quinta. Subvenciones de planes estatales de vivienda.
Disposición adicional quinta del Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012. · BOE-A-2008-20751
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-12-25.
Texto consolidado
A efectos de lo dispuesto en la regla quinta del artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se entenderá que tienen el mismo destino específico todos los fondos para subvenciones vinculadas a planes estatales de vivienda, remitidos a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla y que se encuentren en poder de las mismas.
Más artículos de Real Decreto 2066/2008
- ← Disposición adicional cuarta. Aranceles notariales y registrales a aplicar en las transmisiones de viviendas protegidas.
- → Disposición adicional sexta. Base de datos de actuaciones protegidas.
- Ver la norma completa: Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012.