Disposición adicional quinta. Impacto presupuestario.
Disposición adicional quinta del Real Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria y se aprueba su Estatuto. · BOE-A-2014-13360
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-12-24.
Texto consolidado
Las medidas incluidas en este real decreto y el Estatuto que en su virtud se aprueba, se efectuarán sin incremento de las asignaciones presupuestarias de cada ejercicio y no supondrán incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal.
Más artículos de Real Decreto 1072/2014
- ← Disposición adicional cuarta. Integración del personal de la Dirección General de Ferrocarriles en ADIF y ADIF Alta V…
- → Disposición adicional sexta. Patrimonio de la Agencia e Inventario de bienes.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria y se aprueba su Estatuto.