Disposición adicional quinta. La Entidad Estatal de Seguros Agrarios y la Agencia para el Aceite de Oliva.
Disposición adicional quinta del Real Decreto 1055/1995, de 23 de junio, por el que se modifica parcialmente la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. · BOE-A-1995-16115
Atención: Real Decreto 1055/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) y la Agencia para el Aceite de Oliva mantienen su actual estructura y funciones. No obstante, la Presidencia de ENESA será asumida por el Secretario general de Producciones y Mercados Agrarios.
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