Disposición adicional cuarta. Modificación de la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza.
Disposición adicional cuarta del Real Decreto 1055/1995, de 23 de junio, por el que se modifica parcialmente la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. · BOE-A-1995-16115
Atención: Real Decreto 1055/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Presidencia de la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza corresponde al Presidente del organismo autónomo Parques Nacionales, siendo Vicepresidente de la misma el Vicepresidente de dicho organismo autónomo.
Asimismo, la Secretaría Administrativa de la Comisión, así como la Presidencia de la Secretaría de los Comités Especializados, previstos en los artículos 4 y 5 del Real Decreto 2488/1994, de 23 de diciembre, serán desempeñadas por funcionarios designados por el Presidente de la Comisión.
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