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Orden Derogada 2 redacciones

Disposición adicional quinta. Régimen de mínimis.

Disposición adicional quinta de la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio, por la que se regula la concesión de subvenciones al programa de promoción del empleo autónomo. · BOE-A-2007-11270

Atención: Orden TAS/1622/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Estas ayudas están sometidas al régimen de mínimis, en los términos establecidos en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis. Esta circunstancia se hará constar expresamente en la resolución de concesión de las subvenciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-10-02.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2018-13309.

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