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Orden Derogada 2 redacciones

Disposición adicional cuarta. Cofinanciación por el Fondo Social Europeo.

Disposición adicional cuarta de la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio, por la que se regula la concesión de subvenciones al programa de promoción del empleo autónomo. · BOE-A-2007-11270

Atención: Orden TAS/1622/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las acciones previstas en esta orden podrán ser objeto de cofinanciación por el Fondo Social Europeo, a través del correspondiente Programa Operativo Regional dentro del periodo de programación que corresponda.

Las acciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo deberán ser objeto de la adecuada información y publicidad, de acuerdo con lo establecido en la normativa comunitaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-10-02.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2018-13309.

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