Disposición adicional quinta. Silencio administrativo en el caso de procedimientos iniciados a solicitud del interesado.
Disposición adicional quinta de la Ley 8/2021, de 17 de noviembre, de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria. · BOE-A-2022-1276
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-11-25.
Texto consolidado
El silencio administrativo en el procedimiento para actividades de localización, exhumación e identificación de restos, regulado en el artículo 8, en el procedimiento de inscripción de un bien en el Inventario de Lugares y Sendas de Memoria Histórica y Democrática, al que se refiere el artículo 21, y en el procedimiento de autorización de obras previo a la licencia de obra establecido en el artículo 25 tendrá efectos desestimatorios.