Disposición adicional quinta.
Disposición adicional quinta de la Ley 8/2006, de 14 de junio, de Creación del Consorcio de Transportes de Mallorca. · BOE-A-2006-12862
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-06-23.
Texto consolidado
Se autoriza el consejero competente en materia de presupuestos para que, a propuesta del consejero competente en materia de transporte y con los trámites previos pertinentes, transfiera al Consorcio de Transportes de Mallorca las dotaciones presupuestarias de los presupuestos generales de las Illes Balears destinadas a finalidades relacionadas con el objeto del Consorcio de Transportes de Mallorca.