Disposición adicional quinta. Obligaciones de las notarías.
Disposición adicional quinta de la Ley 6/2020, de 15 de julio, de Fundaciones de Cantabria. · BOE-A-2020-9904
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-08-04.
Texto consolidado
Los notarios y notarias autorizantes de documentos que de acuerdo con esta ley deban inscribirse en el Registro de Fundaciones deberán dar cuenta telemáticamente y de forma inmediata de su otorgamiento al Protectorado.