Disposición adicional quinta.
Disposición adicional quinta de la Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1995-18545
Atención: Ley 6/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En el caso de que se adscriban unidades del Cuerpo Nacional de Policía a la Comunidad de Madrid, el Consejo de Gobierno, atendidos los efectos y el alcance de la adscripción, destinará a la Comisión de Tutela del Menor los agentes que se estime necesarios para que colaboren en el cumplimiento de sus fines y en la ejecución de la presente Ley y demás normativa de protección de menores.