Disposición adicional quinta. Tributación de los vehículos híbridos eléctricos y de vehículos eléctricos.
Disposición adicional quinta de la Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales. · BOE-A-2012-9282
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-18.
Texto consolidado
(Sin contenido)
Se deja sin contenido por el art. 1.3 de la Ley 17/2019, de 9 de mayo. Ref. BOE-A-2019-8795
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOC núm. 139, de 17 de julio de 2012. Ref. BOE-A-2012-9871
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2019-8795.