Disposición adicional quinta. Exención de autorización para dispensación de medicamentos veterinarios.
Disposición adicional quinta de la Ley 4/2005, de 13 de julio, de ordenación farmacéutica de Canarias. · BOE-A-2005-14261
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-07-23.
Texto consolidado
A las oficinas de farmacia abiertas al público no se les exigirá autorización expresa para la dispensación de medicamentos de uso veterinario.