Disposición adicional quinta.
Disposición adicional quinta de la Ley 34/1979, de 16 de noviembre, sobre fincas manifiestamente mejorables. · BOE-A-1979-27854
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-01-01.
Texto consolidado
En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente Ley habrán de quedar establecidos por primera vez los criterios objetivos a que se refiere el artículo cuarto de la misma.