Disposición adicional quinta. Iniciación de oficio del procedimiento de adhesión.
Disposición adicional quinta de la Ley 3/1999, de 4 de febrero, del Fondo Canario de Financiación Municipal. · BOE-A-1999-4416
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-02-11.
Texto consolidado
Con anterioridad al 31 de marzo del primer año de vigencia de esta Ley, la Consejería competente en materia de régimen local se dirigirá a todos los ayuntamientos para que remitan acuerdo plenario de adhesión voluntaria al Fondo.