Disposición adicional quinta.
Disposición adicional quinta de la Ley 16/1991, de 10 de julio, de las Policías Locales. · BOE-A-1991-20343
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-08-08.
Texto consolidado
La Generalidad y el Ayuntamiento de Barcelona suscribirán un Convenio que regule la forma y las condiciones en que la Escuela de Policía de Cataluña sustituirá a la Guardia Urbana de Barcelona en la prestación de los servicios de formación básica y de mandos para los alumnos y los Policías municipales de dicho Ayuntamiento.