Disposición adicional quinta. Régimen de acreditación e inspección.
Disposición adicional quinta de la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para la prestación de servicios a las personas en los ámbitos social, sanitario y sociosanitario en Extremadura. · BOE-A-2019-1792
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-01.
Texto consolidado
La Junta de Extremadura y sus autoridades deberán promover la generalización del régimen de acreditación para los servicios objeto de concertación con el fin de garantizar la solvencia e idoneidad de las entidades prestadoras de los servicios.
Asimismo, deberá promoverse el establecimiento y la mejora de los servicios de inspección mediante la especialización y la formación continuada del personal adscrito a los mismos para garantizar la calidad de los servicios y la igualdad de trato entre todas las entidades prestadoras de los mismos.
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- Ver la norma completa: Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para la prestación de servicios a las personas en los ámbitos social, sanitario y sociosanitario en Extremadura.