Disposición adicional quinta. Informe del Ministerio de Defensa.
Disposición adicional quinta de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas. · BOE-A-2003-10463
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-08-24.
Texto consolidado
Con carácter previo a la aprobación de los estudios de viabilidad previstos para los contratos de concesión de obras públicas y que incidan sobre zonas declaradas de interés para la defensa nacional o bien sobre terrenos, edificaciones e instalaciones, incluidas sus zonas de seguridad, vinculados a los fines de la defensa nacional, deberán solicitarse informe del Ministerio de Defensa respecto de dicha incidencia. El informe tendrá carácter vinculante y deberá ser evacuado en el plazo de dos meses, entendiéndose desfavorable, si no fuera emitido, en lo que afecta a la defensa nacional.