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Ley Vigente 2 redacciones

Disposición adicional quinta. Equivalencias de categorías.

Disposición adicional quinta de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2018-7516

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-23.

Texto consolidado

A partir de la entrada en vigor de la presente Ley, las anteriores categorías de Inspector, Subinspector, Oficial, Suboficial, Sargento, Cabo y Policía se equipararán a las que se establecen en el artículo 33, de acuerdo con las siguientes equivalencias:

a) Inspector: categoría de Comisario o Comisaria General.

b) Subinspector: categoría de Comisario o Comisaria Principal.

c) Oficial: categoría de Comisario o Comisaria.

d) Suboficial: categoría de Inspector o Inspectora.

e) Sargento: categoría de Subinspector o Subinspectora.

f) Cabo: categoría de Oficial.

g) Policía: categoría de Policía.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-12-23.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-7343.

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