Disposición adicional quinta. Obligación de comunicar nombramientos.
Disposición adicional quinta de la Ley 1/2014, de 26 de junio, Reguladora del Código de Conducta y de los Conflictos de Intereses de los Cargos Públicos. · BOE-A-2014-8607
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-11-01.
Texto consolidado
Las entidades y sociedades integrantes del sector público de la Comunidad Autónoma del País Vasco deberán comunicar al órgano a que se refiere el artículo 24 los nombramientos o designaciones que efectúen correspondientes a puestos de trabajo cuyo titular tenga la consideración de cargo público por estar comprendidos en el ámbito de aplicación de la presente ley.