Disposición adicional quinta. Plan para la elaboración y registro del informe de evaluación del edificio.
Disposición adicional quinta del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje. · DOGV-r-2021-90283
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-07-17.
Texto consolidado
El plazo máximo para la elaboración y registro del informe de evaluación del edificio, en función del año de construcción del edificio será el siguiente:
Año de construcción del edificio
Plazo límite de presentación y registro del informe de evaluación de edificio
Anterior a 1901.
31 de diciembre de 2020.
De 1901 a 1950.
31 de diciembre de 2021.
De 1951 a 1971.
31 de diciembre de 2022.
A partir de 1972.
31 de diciembre del año siguiente al año en que el edificio cumpla 50 años.
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