Disposición adicional quincuagésima. Deudas con la Seguridad Social de instituciones sanitarias cuya titularidad ostenten las Administraciones Públicas o instituciones sin ánimo de lucro.
Disposición adicional quincuagésima de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social. · BOE-A-2011-13242
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-01-01.
Texto consolidado
Con pleno respeto al equilibrio contable y patrimonial del sistema de la Seguridad Social, el Gobierno presentará, en el plazo de un año, un Informe que contenga propuestas concretas para resolver la situación de la deuda sanitaria recogida en la disposición adicional trigésima de la Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1995 y que desde entonces ha sido objeto de reiteradas prórrogas en las sucesivas Leyes de Presupuestos y decretos-leyes de prórroga presupuestaria.
Más artículos de Ley 27/2011
- ← Disposición adicional cuadragésima novena. Protección social de los actores de doblaje.
- → Disposición adicional quincuagésima primera. Modificación del ámbito subjetivo de protección de la Ley 32/2010, de 5 …
- Ver la norma completa: Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.