Disposición adicional primera. Dependencias Regionales de Relaciones Institucionales en las Delegaciones Especiales de Navarra y del País Vasco.
Disposición adicional primera de la Resolución de 21 de septiembre de 2004, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. · BOE-A-2004-16708
Atención: BOE-A-2004-16708 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las Dependencias Regionales de Relaciones Institucionales de Navarra y del País Vasco desarrollarán, respecto de la demarcación territorial de cada una de ellas, las funciones que en la esfera central corresponden al ámbito de las competencias, en materia de relaciones con las Comunidades Autónomas, del Departamento de Organización, Planificación y Relaciones Institucionales, sin perjuicio de la Jefatura del Delegado Especial de la Agencia Tributaria y de aquellas funciones que específicamente se atribuyan en las disposiciones normativas al propio Delegado Especial, a los demás Departamentos de la Agencia Tributaria o a órganos dependientes de los mismos.
Más artículos de BOE-A-2004-16708
- ← Decimocuarto. Competencias y funciones de los titulares de las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales.
- → Disposición adicional segunda. Modificación de la Resolución de 5 de marzo de 2004, de la Presidencia de la Agencia E…
- Ver la norma completa: Resolución de 21 de septiembre de 2004, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.