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Real Decreto-ley Derogada

Disposición adicional primera. Vigencia de los títulos IV y VIII de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

Disposición adicional primera del Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social. · BOE-A-2024-26915

Atención: Real Decreto-ley 9/2024 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En tanto se apruebe la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2025, el contenido de los títulos IV y VIII y las disposiciones adicionales concordantes de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, así como sus disposiciones de desarrollo mantendrán su vigencia en 2025 con las modificaciones y excepciones previstas en el título IV de este real decreto-ley, debiendo entenderse hechas las referencias al año 2025 las referencias realizadas por dichas normas al año 2023.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-12-25.

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