Disposición adicional primera. Autoridades competentes.
Disposición adicional primera del Real Decreto-ley 14/2013, de 29 de noviembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia de supervisión y solvencia de entidades financieras. · BOE-A-2013-12529
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-12-01.
Texto consolidado
Son autoridades competentes a efectos de lo previsto en el Reglamento (UE) n.º 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 648/2012, el Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en el ámbito de sus respectivas competencias.
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