Disposición adicional primera. Informe preceptivo de la Caja.
Disposición adicional primera del Real Decreto 937/2020, de 27 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos. · BOE-A-2020-14962
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-02.
Texto consolidado
La Caja, a través de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, informará preceptivamente todo proyecto de disposición reglamentaria por el que se establezca la obligación de constituir cualquier tipo de garantía o depósito ante aquella, al objeto de adecuar la gestión de tales garantías o depósitos a lo dispuesto en el reglamento que aprueba este real decreto.