Disposición adicional primera. Denominaciones.
Disposición adicional primera del Real Decreto 900/2017, de 6 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Economistas de España. · BOE-A-2017-12982
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-11-12.
Texto consolidado
Las referencias que contienen los presentes Estatutos, a los Colegios de Economistas y a los Colegios Oficiales de Titulares Mercantiles se entienden hechas a los mismos, con anterioridad o posterioridad a su unificación, cualquiera que sea la denominación que cada Colegio adopte en el respectivo territorio.