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Real Decreto Derogada 2 redacciones

Disposición adicional primera.

Disposición adicional primera del Real Decreto 844/1982, de 5 de marzo, por el que se aprueba la Reglamentación Especial para la elaboración, circulación y comercio de anís. · BOE-A-1982-8166

Atención: Real Decreto 644/1982 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El anís puede acogerse al régimen de protección de las denominaciones del origen, a que se refiere el título tercero de la Ley veinticinco/mil novecientos setenta, de dos de diciembre. Asimismo, podrán ser protegidas y reglamentadas denominaciones genéricas o específicas relativas a la calidad, método o lugar de producción o para determinados caracteres del anís, cuando sean de interés general, de acuerdo todo ello con lo que determina la mencionada Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-06-09.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1994-12901.

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