El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Disposición adicional primera.

Disposición adicional primera del Real Decreto 8/1996, de 15 de enero, sobre libre elección de médico en los servicios de atención especializada del Instituto Nacional de la Salud. · BOE-A-1996-1927

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-02-20.

Texto consolidado

Con carácter general, se procurará que, en los casos en que la organización de los servicios lo permita, cuando sean precisos otros procedimientos diagnósticos o terapéuticos de la misma especialidad –en régimen ambulatorio o en hospitalización– éstos sean realizados por el mismo médico que hubiese sido asignado o elegido por el paciente para la atención en consulta externa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-02-20.

Más artículos de Real Decreto 8/1996

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 8/1996 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.