El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Derogada

Disposición adicional primera. Constitución de la Agencia.

Disposición adicional primera del Real Decreto 709/2002, de 19 de julio, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria. · BOE-A-2002-15091

Atención: Real Decreto 709/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La constitución efectiva de la Agencia de Seguridad Alimentaria tendrá lugar en el momento de la entrada en vigor del presente Real Decreto. A partir de dicha fecha, se entenderán atribuidas a la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y a sus órganos, unidades, centros o servicios las competencias y funciones señaladas en el Estatuto.

2. El personal funcionario de los órganos del Ministerio de Sanidad y Consumo y del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación previstos en la disposición adicional segunda, en las áreas que afecten a la competencia y funciones de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria, pasará a formar parte, con carácter provisional en tanto no se apruebe la correspondiente relación de puestos de trabajo, del personal al servicio de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria con la misma situación, antigüedad y grado que tuviera, quedando en la situación de servicio activo en su Cuerpo o Escala de procedencia.

Igualmente, la Agencia se subrogará en los contratos de trabajo concertados con personal sujeto al derecho laboral, en las referidas áreas, en sus propios términos y sin alteración alguna de sus condiciones.

3. La integración del personal a que se refiere el apartado 2 se producirá a efectos administrativos desde la fecha de entrada en vigor del presente Real Decreto. A efectos económicos, se tendrá en cuenta la fecha de aprobación de las relaciones de puestos de trabajo y la correspondiente transferencia de créditos. Entre tanto, el pago del personal de la Agencia se realizará con cargo a los créditos de procedencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-07-27.

Más artículos de Real Decreto 709/2002

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 709/2002 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.