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Real Decreto Derogada

Disposición adicional primera. Vigencia de otras normas relacionadas con la materia regulada por este Real Decreto.

Disposición adicional primera del Real Decreto 596/2002, de 28 de junio, por el que se regulan los requisitos que deben cumplirse para la proyección, construcción, puesta en servicio y explotación de las instalaciones de transporte de personas por cable. · BOE-A-2002-13450

Atención: Real Decreto 596/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las disposiciones contenidas en este Real Decreto se aplicarán sin perjuicio de lo dispuesto en otras normas que, asimismo, puedan afectar a las instalaciones, subsistemas y constituyentes de seguridad, o a su uso o comercialización.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-07-10.

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