Disposición adicional primera. Obligación de suministro de información.
Disposición adicional primera del Real Decreto 58/2005, de 21 de enero, por el que se adoptan medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros. · BOE-A-2005-1154
Atención: Real Decreto 58/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y las comunidades autónomas se establecerán los cauces precisos de mutua información para facilitar la ejecución de las funciones y actividades en el ámbito de sus respectivas competencias.
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