Disposición adicional primera. No incremento del gasto público.
Disposición adicional primera del Real Decreto 579/2017, de 9 de junio, por el que se regulan determinados aspectos relativos a la fabricación, presentación y comercialización de los productos del tabaco y los productos relacionados. · BOE-A-2017-6585
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-06-11.
Texto consolidado
Lo dispuesto en este real decreto no supondrá incremento de las dotaciones, ni de retribuciones ni de otros gastos en materia de personal. Asimismo, la puesta en marcha y el mantenimiento de los registros que se crean a través de este real decreto se asumirá con los medios personales existentes actualmente en el órgano de adscripción, sin incremento de dotaciones presupuestarias ni de otros gastos de personal.
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