Disposición adicional primera. Plazo máximo para resolver y notificar en los procedimientos sancionadores por infracciones administrativas tipificadas en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y el mercado postal.
Disposición adicional primera del Real Decreto 437/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios postales, en desarrollo de lo establecido por la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal. · BOE-A-2024-10010
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-08-18.
Texto consolidado
El plazo máximo para resolver y notificar en los procedimientos sancionadores por las infracciones administrativas tipificadas en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, será de seis meses.
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