Disposición adicional primera. Agenda Electrónica Notarial.
Disposición adicional primera del Real Decreto 421/2015, de 29 de mayo, por el que se regulan los modelos de estatutos-tipo y de escritura pública estandarizados de las sociedades de responsabilidad limitada, se aprueba modelo de estatutos-tipo, se regula la Agenda Electrónica Notarial y la Bolsa de denominaciones sociales con reserva. · BOE-A-2015-6520
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-09-13.
Texto consolidado
La Agenda Electrónica Notarial deberá estar en funcionamiento, con las características determinadas en el artículo 8, en el plazo de tres meses desde la publicación de este real decreto en el «Boletín Oficial del Estado».
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