Disposición adicional primera. Asociación de los institutos.
Disposición adicional primera del Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, sobre acreditación de institutos de investigación sanitaria. · BOE-A-2004-4673
Atención: Real Decreto 339/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los institutos de investigación sanitaria que resulten acreditados podrán ser declarados, según las actividades que desarrollen, centros asociados al Instituto de Salud «Carlos III». La asociación se formalizará mediante convenio, de acuerdo al artículo 4.a) del Estatuto del Instituto de Salud «Carlos III», aprobado por el Real Decreto 375/2001, de 6 de abril.