Disposición adicional primera. Facturación y cobro de la retribución del transporte y la distribución.
Disposición adicional primera del Real Decreto 2819/1998, de 23 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica. · BOE-A-1998-30042
Atención: Real Decreto 2819/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La facturación y cobro de la retribución de la actividad de transporte y de distribución se realizará de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 2017/1997 por el que se organiza y regula el procedimiento de liquidación de los costes de transporte, distribución y comercialización a tarifa, de los costes permanentes del sistema y de los costes de diversificación y seguridad de abastecimiento.