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Real Decreto Vigente

Disposición adicional primera. Infracciones y sanciones.

Disposición adicional primera del Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura. · BOE-A-2016-6569

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-07-09.

Texto consolidado

El incumplimiento de lo dispuesto en este real decreto será sancionado de conformidad con lo establecido en el título V de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, la Ley 38/1994, de 30 diciembre, el Reglamento (CE) n.º 1224/2009, del Consejo, de 20 de noviembre, el Reglamento (UE) n.º 1379/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre, así como en el marco de los programas de control establecidos en el artículo 7 del presente real decreto, sin perjuicio de la normativa autonómica que les afecte.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-07-09.

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