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Real Decreto Derogada

Disposición adicional primera.

Disposición adicional primera del Real Decreto 2112/1998, de 2 de octubre, por el que se regulan los concursos de traslados de ámbito nacional para la provisión de plazas correspondientes a los Cuerpos Docentes. · BOE-A-1998-23139

Atención: Real Decreto 2112/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las Administraciones educativas podrán adscribir de forma temporal, en comisión de servicios, a tareas propias de su Cuerpo en plazas distintas del destino que se ocupa, a aquellos funcionarios afectados por una notoria merma de facultades físicas, psíquicas o sensoriales, siempre que tal disminución de sus capacidades no sea susceptible de la declaración de incapacidad permanente. Cuando la comisión de servicios se acuerde de oficio, deberá realizarse mediante resolución motivada previa audiencia del interesado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-10-07.

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