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Real Decreto Derogada

Disposición adicional primera. Carácter básico.

Disposición adicional primera del Real Decreto 1881/1994, de 16 de septiembre, por el que se establecen las condiciones de policía sanitaria aplicables a los intercambios intracomunitarios y las importaciones procedentes de países terceros de animales, esperma, óvulos y embriones no sometidos, con respecto a estas condiciones, a las disposiciones contenidas en la sección 1.ª del anexo A del Real Decreto 1316/1992, de 30 de octubre. · BOE-A-1994-22802

Atención: Real Decreto 1881/1994 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El presente Real Decreto se dicta al amparo de la competencia en materia de comercio exterior del artículo 149.1.10.ª de la Constitución y de la competencia en materia de sanidad exterior y bases y coordinación general de la sanidad del artículo 149.1.16.ª de la Constitución.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1994-10-19.

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