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Real Decreto Vigente

Disposición adicional primera. Aplicación del procedimiento a los ciudadanos no españoles.

Disposición adicional primera del Real Decreto 1621/2007, de 7 de diciembre, por el que se regula un procedimiento de votación para los ciudadanos españoles que se encuentran temporalmente en el extranjero. · BOE-A-2007-21501

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-12-15.

Texto consolidado

1. A los ciudadanos de la Unión Europea que cumplan los requisitos establecidos en los artículos 176 y 210 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, les será de aplicación el procedimiento regulado en este real decreto con ocasión de la celebración de elecciones municipales y al Parlamento Europeo.

2. A los residentes extranjeros en España que el artículo 176 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, les reconoce el derecho de sufragio activo en las elecciones municipales les será de aplicación el procedimiento regulado en este real decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-12-15.

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