Disposición adicional primera. Aplicación de tasas.
Disposición adicional primera del Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios. · BOE-A-2009-17606
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-03-21.
Texto consolidado
A los procedimientos regulados en los artículos 9, 13, 14, 22 y 30 de este real decreto, les serán de aplicación las tasas correspondientes recogidas en el grupo VIII del artículo 111.1 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.