Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera del Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes. · BOE-A-1986-18896
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-04-30.
Texto consolidado
Lo dispuesto en el presente Real Decreto se entenderá sin perjuicio de las competencias que corresponden a las Comunidades Autónomas de acuerdo con sus respectivos Estatutos.
Se numera con el contenido de la anterior disposición adicional por el art. único.13 del Real Decreto 455/2010, de 16 de abril. Ref. BOE-A-2010-6754.
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