Disposición adicional primera. No incremento de gasto público.
Disposición adicional primera del Real Decreto 144/2023, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses. · BOE-A-2023-5368
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-02.
Texto consolidado
1. Las medidas incluidas en esta norma serán atendidas con las disponibilidades presupuestarias ordinarias y no podrán suponer incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal.
2. Las actuaciones de la administración autonómica que incidan en su personal se ajustarán a las normas básicas sobre gastos de personal que sean de aplicación.