Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera del Real Decreto 1378/2001, de 7 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Geólogos. · BOE-A-2001-24079
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-12-20.
Texto consolidado
En todo lo no previsto en los presentes Estatutos se estará a lo dispuesto en la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, y modificada por la Ley 74/1978, de 28 de diciembre, de normas reguladoras de los Colegios Profesionales, y por la Ley 7/1997, de 14 de abril, de medidas liberalizadoras en materia de Colegios Profesionales y disposiciones complementarias.