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Real Decreto Vigente

Disposición adicional primera. Fundaciones laborales.

Disposición adicional primera del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal. · BOE-A-2005-19154

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-11-23.

Texto consolidado

A los efectos de este reglamento, se consideran fundaciones laborales:

a) Las creadas por pacto o concierto entre las empresas y sus trabajadores, las constituidas en virtud de acto unilateral de una empresa o de terceras personas en beneficio de los trabajadores de una o varias empresas y de sus familiares.

b) Las formadas entre las organizaciones empresariales y sindicales más representativas de un sector o sectores determinados para el desarrollo de fines laborales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-11-23.

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