Disposición adicional primera. De la Gestión de la Calidad.
Disposición adicional primera del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. · BOE-A-2009-13781
Atención: Real Decreto 1224/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El procedimiento de evaluación y acreditación de la competencia profesional que desarrolle cada administración competente a través de su propia estructura organizativa se dotará de sistemas de gestión de la calidad.
2. El sistema de gestión de la calidad deberá asegurar que se logren los objetivos y se cumplan las finalidades y los principios establecidos en el presente real decreto. Para ello, contemplará la evaluación de todos los aspectos que inciden en el procedimiento y contará con la participación de las diferentes personas y servicios que hayan intervenido en el mismo.
3. El proceso de evaluación y acreditación de la competencia será verificado a través de evaluaciones internas y auditorías externas que puedan contribuir a un proceso de mejora continua.