Disposición adicional primera. Dotación de medios.
Disposición adicional primera del Real Decreto 12/2008, de 11 de enero, por el que se regulan la composición y el funcionamiento del Consejo de la Red de Parques Nacionales. · BOE-A-2008-519
Atención: Real Decreto 12/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El Organismo Autónomo Parques Nacionales atenderá con sus propios presupuestos, medios humanos y materiales al funcionamiento del Consejo de la Red de Parques Nacionales.
2. Los miembros del Consejo de la Red de Parques Nacionales tendrán derecho a las indemnizaciones que por razón de servicio, en su caso, les correspondan.