Disposición adicional primera. Relación con órganos del Ministerio de la Presidencia.
Disposición adicional primera del Real Decreto 1094/2011, de 15 de julio, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno. · BOE-A-2011-12629
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-07-22.
Texto consolidado
La Subsecretaría de la Presidencia, como órgano directivo del departamento en el que se integran los servicios comunes, ejercerá las competencias propias de dichos servicios en el área de la Presidencia del Gobierno, en coordinación con el Director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno a través de la Secretaría General.