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Real Decreto Vigente

Disposición adicional primera. Especialización logística y administrativa del personal de las escalas de suboficiales.

Disposición adicional primera del Real Decreto 1053/2021, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de especialidades del segundo tramo de la carrera militar. · BOE-A-2021-19798

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-12-21.

Texto consolidado

La especialización necesaria para estar en condiciones de ejercer, a partir del empleo de brigada, funciones logísticas y administrativas, reguladas en el artículo 75.4 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, podrá tener la consideración de especialidad del segundo tramo, siendo competente para su determinación la persona titular de la Subsecretaría de Defensa y los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, en el ámbito de sus respectivas competencias, atendiendo a los cometidos asignados a cada cuerpo y escala.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-12-21.

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